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CONCESIÓN DE MATRÍCULA DE HONOR EN BACHILLERATO

  1. Se podrá conceder “Matrícula de Honor” al alumnado que haya superado todas las materias del Bachillerato en la evaluación final ordinaria y cuya calificación global de los dos cursos sea 9 o superior. 
  2. La “Matrícula de Honor” se podrá conceder a un número de alumnos y alumnas no superior a uno por cada 20 estudiantes, o fracción resultante superior a 15, del alumnado matriculado en el segundo curso de Bachillerato. En el  caso de que el centro imparta Bachillerato semipresencial, Bachillerato a distancia con tutorización y Bachillerato a distancia por internet, para el cálculo de matrículas de honor que se puede conceder al alumnado de segundo de Bachillerato, se debe contar únicamente el que esté matriculado de todas las materias necesarias para ello (en condiciones de titular).
  3. Los criterios para la concesión de matrículas de honor (en el caso de que haya más alumnado que cumpla los requisitos que número de matrículas de honor que se puedan conceder) son los siguientes:
    • Mayor nota media alcanzada en la etapa.
    • Mayor nota media en 2º de Bachillerato.
    • Mayor nota media en 1º de Bachillerato.
    • Mayor número de materias con una calificación de 10.
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